lunes, 31 de marzo de 2014

Aquellos estudiantes que fuimos


Tom Wolfe mascullaría un insulto grave en el imposible caso que empezase a leer estas líneas. Siempre detestó que se escriba en primera persona pero no se me ocurre otra manera de comenzar. Nunca he participado de la vida colegial, pertenezco a ese amplio grupo de abogados que está muy alejado de todo lo que implica el Colegio. Es en los últimos tiempos cuando he ido conociendo las vicisitudes del ICAM por una de las razones más sencillas y poderosas que existen: la amistad. Soy amigo de Carmen Pérez Andújar, Secretaria de la Junta de Gobierno del ICAM. Eso conlleva que, al final, a pesar de mi despreocupación en temas colegiales, acabe sabiendo y comentando lo que ocurre alrededor del ICAM. Cierto es que las menos de las veces; al fin y al cabo es más divertido hablar de muchísimos temas más apasionantes.

El otro día me enteré de que se está promoviendo una moción de censura contra la actual Junta, cosas que me sorprendió, porque hace nada que se eligió Decana, y supongo que en este tiempo poco más que conocer el funcionamiento de algo tan desmesurado como es el Colegio, habrán podido hacer. Aún así, creo que si han realizado cambios positivos,  según se me informa y veo. Se me informa por el Colegio, por cierto, algo que antes no me ocurría. En todo caso, aunque lo estuviesen haciendo no del todo bien o mal o incluso haciendo pocas cosas, esto no es motivo de moción de censura. Entiendo que la moción de censura es un instrumento de carácter excepcional que debe utilizarse sólo en aquellos casos en que se esté creando un perjuicio institucional claro y evidente, que ponga en peligro la propia naturaleza de la institución y los fines para los que se destina. Sinceramente, al menos en el desarrollo de mi profesión en el día a día, no observo ningún deterioro, ni alteración sustancial de la misma por parte del Colegio. En todo caso, ese no es el objeto de estas líneas, ya sabemos, como argumentó Goya, que el sueño de la razón produce monstruos y cada uno es muy libre de luchar contra gigantes donde hay molinos.

El verdadero objetivo de estas letras no es otro que el de cuestionar el quórum que pretenden hacer valer los promotores de la moción. Parecen olvidar los queridos compañeros a aquellos estudiantes de derecho que éramos y que se pasaban horas y horas hablando de la ley, no desde el punto de vista técnico, sino en su carácter esencial y natural. Aquellas largas conversaciones sobre la naturaleza de la ley, su máxima expresión en la democracia, su articulación en constituciones, en definitiva aquellas apasionantes cuestiones que conformaron nuestra mente “jurídica”, si me permiten decirlo así. Puede que hayamos olvidado a aquellos chavales cuando disertaban y convendría recordar unas nociones básicas.

Convenimos que el mejor de los sistemas posibles para el hombre es la democracia. Dentro de esta, aquella que tiene el carácter de universal, sin carácter restringido. Convenimos, por lo tanto, que un hombre tiene un voto, lo que determina que, sin mayor condición que la de ser individuo y mayor de edad, un voto vale lo mismo que otro. También hemos convenido que nos representará aquel que obtenga más votos que los demás. De manera ordinaria y reglada, bajo la anterior premisa, un voto vale lo mismo, decidimos organizar nuestra sociedad y otorgar el poder para su ejercicio. Parece, por lo tanto, de pura lógica, que si instrumentamos una vía extraordinaria que altere lo que de manera reglada y ordinaria se ha decidido, esta vía extraordinaria sea cuando menos cualificada. No sólo no mantenga una paridad con la ordinaria, sino que muy al contrario, la vía extraordinaria necesite requisitos más rigurosos y cualificados. Ello debe ser así porque debemos procurar el máximo respeto, casi reverencial, por aquello que libremente y de manera ordinaria, decidieron aquellos que acudieron a votar. Ni siquiera siendo la misma mayoría que otorgó el poder sería lógico poder destituir este, ya que alteraríamos el normal funcionamiento de la institución y se vulneraría el escrupuloso respeto por lo que la mayoría decidió. Así, para ejercer una moción de censura, medida extraordinaria, que revierta lo decidido en las urnas, debe exigirse una mayoría cualificada, un quórum extraordinario como la propia medida. Al contrario de lo que se pretende, no debe facilitarse la medida, sino condicionarla gravemente, ya que de optar por la primera opción, rebajar los quórums, permitiría a una minoría no relevante, alterar el sentido de la mayoría.

Y no sirve alegar que la participación es baja, porque esa participación no es sino la manifestación de un derecho, tanto si se vota como si no. Libremente muchos, muchísimos decidimos no votar en las elecciones y está es una decisión libre y meditada, tanto como la de votar a cualquier candidatura. La naturaleza de un derecho no tiene su esencia en su realización efectiva, sino en el mero hecho de tenerlo. Y por supuesto tan inteligente es ejercer el voto como abstenerse. Es por ello, que otra vez, recordando a aquellos jóvenes estudiantes que éramos, que hablaban horas y horas de la naturaleza del derecho, debemos decir que no necesitamos que nos tutelen, que no queremos que nadie se arrogue una representación no otorgada de manera expresa y que en el caso de que se facilitara la moción de censura de manera privilegiada se estaría permitiendo que unos pocos ejerciesen una tutela particular que extenderían a la generalidad de colegiados. Al menos, y aquí vuelvo a desafiar a Tom Wolfe, al hablar de nuevo en primera persona, no necesito que alguien me tutele, que decida por mí, que considere que una cantidad menor de votos, puede alterar la decisión de todos, porque cuando comparecemos a unas elecciones, convenimos antes de su celebración, que aceptaremos que el órgano de gobierno elegido no es el de aquellos que lo eligieron, ni de aquellos que comparecieron y votaron, sino de todos los que tienen el derecho de votar. Sería interesante que los compañeros que promueven el cambio de mayoría, me explicasen el sentido de dicha modificación, porque yo no lo veo.


No sé cuantos colegiados seremos, pero una moción de censura, debe partir siempre de dicho número y como medida extraordinaria exigir un número muy cualificado de votos puesto que el fin último de esta herramienta es alterar la decisión que tomamos entre todos. Y alterar la decisión de la mayoría es lo menos democrático que hay y no sólo debe ser un ejercicio restrictivo en lo procedimental sino muy fundamentado en lo moral. Debe haber razones poderosísimas para que alguien decida que la decisión de la mayoría ya no es válida. No está mal de vez en cuando recordar a aquellos estudiantes que fuimos.